Tomando en cuenta que muchas de las nuevas conductas ciberdelictivas que afectan hoy día la sociedad dominicana no cuentan con una tipificación penal, el Poder Ejecutivo reintrodujo con modificaciones el proyecto de Ley contra la Ciberdelincuencia.

La propuesta original había sido retirada por el Ejecutivo para su revisión y actualización. El presidente Luis Abinader, mediante el mensaje número 13818, del 14 de junio de 2022, había remitido al Congreso Nacional el proyecto de ley.

La iniciativa busca sancionar la obtención ilícita de códigos de identificación o acceso, la clonación de dispositivo (shiperos), el atentado contra la vida, la amenaza, el uso de sistemas para invasión de la privacidad, el ciberacoso, ciberhostigamiento, ciberterrorismo, engaño pederasta y los delitos de telecomunicaciones, entre otros delitos.

De ser convertida en ley, se permitirá el uso de informaciones de fuentes abiertas o accesibles al público. «Se permite el uso de datos e información obtenidos de fuentes abiertas sin la necesidad de una autorización judicial. En tal virtud, los investigadores podrán realizar búsquedas, captación y recolección de documentos, mensajes, archivos, imágenes, videos, programas y cualquier otro dato que se encuentre disponible en fuentes abiertas», aduce.

Además, ante la imposibilidad de la presencia física de un testigo o perito en el tribunal, el juez podrá permitir que se tomen sus testimonios o declaraciones a través del mecanismo de la videoconferencia.

La iniciativa busca de igual modo, que el Ministerio Público cuente con una dependencia especializada en la investigación y persecución de los ciberdelitos que se denominará la Procuraduría Especializada contra Ciberdelitos, de la Procuraduría General de la República.

No obstante, el Ministerio Público será el responsable de coordinar, a través de su dependencia especializada, la investigación y persecución de los delitos.

Se contaría, asimismo, con una División de Investigaciones de Delitos Informáticos (DIDI) que vendría a ser una dependencia del Departamento Nacional de Investigaciones (DNI) y que tendrá la responsabilidad de investigar los ciberdelitos contra la humanidad, nación, el Estado, la paz pública y amenazas de los diferentes tipos de ataques.

De la división DIDI

Entre las funciones que tendría la división se encuentra investigar todas las denuncias sobre ciberdelitos dentro del ámbito de su competencia; los que se cometan contra las infraestructuras críticas nacionales, desarrollar análisis estratégicos de amenazas informáticas y velar por el correcto entrenamiento del personal de la unidad de investigación.

La DIDI se encargará de trabajar en coordinación con los demás organismos nacionales e internacionales de la investigación de ciberdelitos y de apoyar al Centro Nacional de Ciberseguridad en las labores de investigación que surjan como consecuencia de los incidentes de ciberseguridad.

De la normativa

El Ministerio Público y los organismos de investigación del Estado podrán crear de común acuerdo con las autoridades competentes de dos o más Estados equipos conjuntos de investigación, con un fin determinado y por un período limitado. Conforme al proyecto de ley, durante el curso de una investigación, el Ministerio Público puede solicitar a la autoridad judicial competente que autorice la reserva de identidad de uno o varios investigadores y hacer uso de uno o varios perfiles en sistemas de información, que operen en redes públicas o privadas. A tales fines, la autoridad judicial competente fijará un plazo para la reserva de identidad y el desarrollo de las operaciones, pudiendo ser prorrogado, sin que en ningún caso este plazo supere los 18 meses.

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