viernes, febrero 14, 2025
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Tribunal Constitucional anula un artículo ley factura electrónica

SANTO DOMINGO.-El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el artículo 25 de la ley sobre facturación electrónica por considerar violatorio de la intimidad y la racionalidad el ordenar que las entidades de intermediación financiera exijan una certificación de riesgo tributario emitido por la Dirección General de Impuestos Internos para poder abrir cualquier producto financiero que no sea de ahorro.

La obligatoriedad de que las entidades bancarias exijan una certificación de riesgo tributario en el que se haga constar la facturación producida por el contribuyente como requisito previo para abrir productos financieros no guarda relación con el fortalecimiento de la administración tributaria, según consideró el Tribunal Constitucional en su sentencia.

“Esta medida, dispuesta de esta manera, desnaturaliza y descontextualiza la finalidad de la Ley núm. 32-23, sobre Facturación Electrónica, pues en ninguna otra de sus disposiciones se refiere al fortalecimiento de los indicadores de riesgo del sistema bancario dominicano.

El recurso de inconstitucionalidad fue interpuesto por la asociación Emprendedores Unidos por el Desarrollo y la Libertad, que considera también se viola la intimidad.

Otro pedimento

— Desestimado

Con relación al artículo 7 de la citada ley, que indica que una vez firmadas de manera digital y enviadas a la DGII, las facturas electrónicas no se podrán modificar, se consideró constitucional por existir vías de corrección.

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